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Concurso de acreedores

Qué pasa con tus avales personales cuando la empresa entra en concurso

Es lo que más asusta y lo que más se entiende mal. La creencia habitual es que el concurso lo resuelve todo. No: resuelve lo de la sociedad. Lo que firmaste a título personal sigue siendo tuyo, y hay que trabajarlo aparte.

Macarena Arévalo· Abogada concursal · 9 min de lectura

Lo primero: el concurso es de la sociedad, no del avalista

Cuando una sociedad entra en concurso, todo lo que ocurre dentro del procedimiento afecta a la sociedad. La paralización de ejecuciones, la suspensión de intereses, las quitas de un convenio, la liquidación ordenada. Todo eso es para la empresa.

El aval personal es un contrato distinto, firmado por una persona distinta. El administrador que avaló una póliza se comprometió a pagar si la empresa no pagaba. Y la empresa, en concurso, no paga. Así que el banco tiene derecho a ir contra él.

No se paraliza. No se suspende. No se extingue. El concurso de la empresa no toca el aval más que en un sentido: lo activa.

Esto es lo que casi nadie explica antes de que ocurra, y es el motivo de que muchos administradores lleguen al concurso creyendo que el problema termina ahí, cuando para ellos es donde empieza.

Qué tipos de garantía personal suele haber

Tres, en la mayoría de pymes.

Avales bancarios. Pólizas de crédito, préstamos, líneas de descuento. El banco pidió que el administrador firmara como avalista, y él firmó porque era la única forma de conseguir la financiación. Es la garantía más común y la que más pesa.

Fianzas en contratos de arrendamiento. El propietario del local pidió que el administrador respondiera personalmente de la renta. Se firma sin pensarlo, y en un contrato a diez años puede suponer cientos de miles de euros de renta futura exigible.

Garantías hipotecarias sobre bienes personales. La vivienda, o un local propio, puesta como garantía de un préstamo de la empresa. Es la más grave, porque el banco no tiene que ir contra el patrimonio en general: va directamente contra ese bien.

En una cadena de tiendas de ropa que acompañamos, la administradora era fiadora personal en tres de los cinco locales. Más de 340.000 euros de renta futura sobre su patrimonio, y cerrar las tiendas no extinguía ni un euro de eso.

Qué hace el banco cuando la empresa entra en concurso

Reclamar al avalista. Es lo que el aval le permite y es lo que va a hacer, con más o menos rapidez según la entidad y la cuantía.

Y aquí hay un matiz que conviene conocer: el banco puede reclamar la deuda entera al avalista aunque en el concurso vaya a cobrar una parte. Después ajustará, pero mientras tanto la reclamación es por todo.

El administrador que llega a esta situación sin haber trabajado los avales antes está en la peor posición posible: la empresa ya no tiene con qué negociar, el banco ya no tiene motivo para esperar y él responde con todo lo que tiene.

Cuándo se puede negociar el aval

Antes. Es la respuesta corta y es la única que sirve.

Un aval se negocia cuando la empresa todavía tiene algo que ofrecer a cambio de liberarlo. Un pago anticipado, una garantía adicional sobre un activo de la sociedad, una amortización parcial con el producto de una venta. En ese momento el banco tiene un incentivo para aceptar: cobra antes, o cobra más seguro, y a cambio suelta una garantía que, en la práctica, es lenta y cara de ejecutar.

Una vez la empresa está en concurso y sin activos, ese incentivo desaparece. El banco ya no tiene nada que ganar liberando el aval, y todo que ganar ejecutándolo.

En un distribuidor de material de construcción que llegó con un proveedor pidiendo su concurso necesario, el administrador había avalado dos líneas por 480.000 euros con su vivienda como garantía. Se comunicó el preconcurso, se vendió uno de los tres almacenes y con esa caja se negoció una amortización parcial a cambio de la liberación del aval. Cuatro meses después, el aval estaba liberado y el plan firmado. Si hubiera esperado al concurso, esa negociación no habría existido.

Con qué se negocia

Con lo que el banco valora más que el aval. Y lo que valora es cobrar antes o cobrar más seguro.

Pago anticipado parcial. Si la empresa puede amortizar una parte de la deuda avalada con caja propia o con la venta de un activo, se puede pedir la liberación del aval sobre el resto. El banco cambia una garantía incierta por dinero cierto.

Sustitución de garantía. Poner un activo de la sociedad como garantía real en lugar del aval personal. El banco pasa de tener una promesa de pago de una persona a tener un bien concreto.

Reestructuración con el aval dentro del plan. En un plan de reestructuración, el tratamiento de los avales puede negociarse como parte del acuerdo. No queda arrastrado automáticamente, pero se puede pactar expresamente.

El argumento del coste de ejecución. Ejecutar un aval sobre una vivienda es lento, tiene mala prensa y cuesta dinero. Un banco que puede cobrar de otra forma suele preferirla. Ese argumento funciona mientras la otra forma exista.

Lo que el preconcurso permite y el concurso ya no

El preconcurso da tres meses, prorrogables, en los que la empresa sigue operando, sigue teniendo activos y sigue teniendo con qué negociar. Es el momento en que el aval se puede trabajar.

El concurso, en cambio, pone a la empresa en manos de la administración concursal y encamina sus activos a la liquidación. El administrador ya no decide sobre ellos, y por tanto ya no puede ofrecer nada a cambio de nada.

Por eso, cuando hay avales personales, el orden importa más que en ningún otro caso. Primero se negocian los avales, con la empresa todavía en marcha. Después, si hace falta, se presenta concurso. Al revés, el aval llega intacto al concurso y sale intacto de él.

La vía de después: la exoneración

Si el aval no se pudo negociar y el administrador termina con deuda personal tras el concurso de la empresa, existe un segundo mecanismo: la exoneración del pasivo insatisfecho, dentro del concurso de la propia persona física.

Permite cancelar la deuda personal que quede, con requisitos. El principal es que el deudor sea de buena fe, lo que en la práctica significa que el concurso de la empresa no se haya calificado como culpable.

Es una vía real y funciona. Pero es una vía de rescate, no de planificación. Llegar a ella significa que el aval no se resolvió cuando había con qué resolverlo.

El concurso cierra la empresa. Lo que firmaste como persona sigue vivo. Y solo se negocia mientras la empresa tiene algo que ofrecer a cambio.

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MAMacarena ArévaloAbogada concursal**Macarena Arévalo** · Abogada concursal Trabaja en los procedimientos concursales. Se ocupa de la preparación de la documentación, del seguimiento del procedimiento y de la parte laboral cuando el caso la tiene.Ver perfil →
El caso que lo demuestraUn proveedor pedía su concurso y él tenía avaladas dos líneas con su casaLeer el caso →
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