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Preconcurso de acreedores

Preconcurso de acreedores: qué es, cuándo se presenta y qué protege

Casi todos los empresarios llegan al preconcurso tarde, porque creen que es el paso previo a un concurso. Es justo lo contrario: es el instrumento que existe para no llegar ahí. Este artículo explica qué es, en qué momento se puede usar, qué protege exactamente y qué ocurre si la negociación no sale.

Ivonne Pavia· Directora legal y concursal · 8 min de lectura

Qué es exactamente un preconcurso

El nombre legal no es preconcurso: es comunicación de apertura de negociaciones. Es un escrito que se presenta en el juzgado y en el que el deudor declara que está negociando con sus acreedores para alcanzar un plan de reestructuración.

Lo importante es lo que ocurre a partir de ese momento. La comunicación abre un periodo protegido de tres meses en el que las ejecuciones sobre los bienes necesarios para la actividad quedan paralizadas, se suspende la obligación del administrador de solicitar el concurso, y ningún acreedor puede pedir que la empresa sea declarada en concurso necesario.

Durante esos meses la empresa sigue funcionando con normalidad. No hay administración concursal, no hay supervisión externa de las decisiones y el administrador sigue al frente. Lo único que cambia es que se negocia sin el reloj encima.

Cuándo se puede presentar, y por qué casi todos llegan tarde

Aquí está el punto que más malentendidos genera. No hace falta haber dejado de pagar.

La ley permite acudir al preconcurso en tres situaciones distintas. La primera es la insolvencia actual: ya no puedes atender tus pagos con regularidad. La segunda es la insolvencia inminente: prevés que en poco tiempo no vas a poder. Y la tercera es la probabilidad de insolvencia, que es la que casi nadie usa: cuando resulta objetivamente previsible que, si no se reestructura la deuda, no vas a poder cumplir las obligaciones que vencen en los próximos dos años.

Dos años. Ese es el margen real que da la ley, y prácticamente nadie lo aprovecha.

Lo que ocurre en la práctica es que el empresario asocia la palabra juzgado con fracaso, y espera. Espera a que la tesorería mejore, a que entre un cliente grande, a que el banco renueve. Cuando finalmente se sienta a mirarlo, ya hay dos ejecuciones abiertas y tres proveedores que han dejado de servir. Y en ese punto la conversación con los acreedores ya no es una negociación: es una lista de condiciones que aceptar.

Cuanto antes se comunica, más se puede pedir. Una empresa que llega al preconcurso estando al corriente de pago negocia desde una posición completamente distinta a una que llega con embargos encima.

Qué pasa desde el momento en que se comunica

Los efectos se activan de forma automática, sin que un juez tenga que valorarlos.

Se paralizan las ejecuciones sobre los bienes e instrumentos necesarios para continuar la actividad. Esto no significa que toda la deuda se congele: significa que no te pueden embargar aquello sin lo cual la empresa dejaría de funcionar.

Se suspende el deber de solicitar el concurso. Fuera del preconcurso, el administrador que conoce la insolvencia tiene dos meses para presentar concurso, y no hacerlo abre la puerta a que el procedimiento se califique como culpable. La comunicación detiene ese reloj.

Y se bloquea el concurso necesario. Ningún acreedor puede llevar a la empresa al concurso mientras dure la protección.

El plazo es de tres meses, prorrogable otros tres si lo aprueban acreedores que representen más de la mitad del pasivo que va a verse afectado por el plan.

Hay además una decisión que conviene tomar con criterio: la comunicación puede solicitarse con carácter reservado, de modo que no se publique. Cuando la empresa sigue operando con normalidad y no quiere que sus clientes o proveedores lo sepan, suele ser lo indicado.

Qué se negocia durante esos meses

El objetivo del preconcurso es un plan de reestructuración. No es un documento formal que se rellene: es un acuerdo negociado acreedor por acreedor.

Un plan puede incluir quitas, es decir, reducción del importe de la deuda. Esperas, que son aplazamientos de los vencimientos. Refinanciación, cambiando deuda a corto por deuda a largo. Conversión de deuda en capital. O la venta de una unidad productiva para generar caja con la que atender el resto.

Lo habitual es una combinación. Y lo determinante no es qué medidas se proponen, sino si el plan alcanza las mayorías legales necesarias. Si las alcanza, puede llevarse a homologación judicial, y ahí está su verdadera potencia: un plan homologado arrastra también a los acreedores que no lo firmaron.

Esa es la diferencia entre una refinanciación normal y un plan de reestructuración. En la primera, un solo acreedor que se niegue puede bloquearlo todo. En el segundo, no.

Qué ocurre si no hay acuerdo

Conviene decirlo con claridad, porque es la pregunta que todo el mundo tiene y casi nadie hace.

Si se agota la protección sin haber alcanzado un plan y la insolvencia se mantiene, hay un mes para solicitar el concurso voluntario. No es el escenario que se busca, pero tampoco es un desastre en sí mismo.

La diferencia está en cómo se llega. Un administrador que ha pasado por un preconcurso llega al concurso con la contabilidad ordenada, con las negociaciones documentadas y con constancia de haber actuado a tiempo. Eso pesa mucho en la sección de calificación, que es donde se decide si el concurso es fortuito o culpable, y por tanto si el administrador responde o no con su patrimonio.

Dicho de otro modo: aunque el preconcurso no consiga su objetivo, el trabajo hecho durante esos meses no se pierde.

Cómo saber si tu caso es de preconcurso o de concurso

La regla corta: si el negocio todavía genera lo suficiente como para sostener una deuda reestructurada, el instrumento es el preconcurso. Si no lo genera, ninguna quita ni ningún aplazamiento van a arreglarlo, y lo que toca es un concurso.

Esa evaluación no se hace de memoria. Se hace mirando la caja que produce la actividad, el calendario real de vencimientos y qué parte de la deuda tiene garantía. Con esos tres datos encima de la mesa suele verse con bastante claridad.

Y hay un tercer escenario que también conviene descartar: que el problema no sea de deuda sino de estructura. Empresas que parecen tener un problema financiero y en realidad tienen un problema de márgenes o de costes fijos. En esos casos el camino no es ni preconcurso ni concurso, sino una reestructuración ordinaria, que se explica en /reestructuracion-empresarial.

Del preconcurso no se sale con un formulario, se sale con un acuerdo. Y los acuerdos se negocian mejor cuanto antes se empieza.

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IPIvonne PaviaDirectora legal y concursal**Ivonne Pavia** · Directora legal y concursal Dirige el área legal. Lleva los procedimientos de preconcurso y concurso: la comunicación al juzgado, la relación con la administración concursal, la homologación de planes de reestructuración y la sección de calificación.Ver perfil →
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