Los plazos, uno detrás de otro
La comunicación abre tres meses de protección. Si al final de esos tres meses hay acreedores que representan más de la mitad del pasivo afectado dispuestos a seguir negociando, se puede prorrogar otros tres. Seis en total.
Si al agotarse ese plazo, o el primero si no hubo prórroga, no se ha alcanzado un plan y la empresa sigue en insolvencia, el administrador tiene un mes para solicitar el concurso voluntario.
Ese es el esquema completo. Tres, tres y uno. Y el último es el que da nombre a la situación que este artículo explica.
El mes de después
Cuando la protección termina sin acuerdo, se reactiva el deber de solicitar concurso. El administrador tiene un mes para hacerlo.
No es opcional. Si la empresa está en insolvencia actual y no se presenta en ese mes, se entra en el mismo terreno que si nunca se hubiera comunicado: incumplimiento del deber de solicitar concurso, con lo que eso supone en la sección de calificación.
Lo que ese mes permite es preparar la solicitud bien. Con la documentación ya ordenada durante el preconcurso, con las negociaciones documentadas y con un plan de liquidación o de convenio que ya se ha pensado. Un concurso que se presenta con eso hecho es un concurso distinto de uno que se presenta con prisa.
Qué se reactiva y qué no
Se reactivan las ejecuciones que estaban paralizadas. Un acreedor que tenía un embargo sobre maquinaria puede continuarlo. Uno que iba a instar el concurso necesario, puede hacerlo. La protección desaparece entera.
Lo que no se reactiva es el tiempo. Los seis meses de negociación no se recuperan, y eso importa porque el plazo del artículo 5, los dos meses desde que se conoce la insolvencia, ya se consumió antes de comunicar. Cuando la protección termina, no se vuelve a ese punto: se va directamente al mes final.
Lo que se conserva
Esta es la parte que compensa el fracaso y que muchos no valoran hasta que llegan.
La documentación. Contabilidad regularizada, cuentas depositadas, mapa de acreedores, proyección de caja. Todo eso se hizo para negociar el plan y todo eso sirve para el concurso.
El histórico de decisiones. Un administrador que comunicó a tiempo, negoció de buena fe y documentó cada intento llega a la sección de calificación con algo que enseñar. La calificación decide si el concurso es fortuito o culpable, y por tanto si el administrador responde con su patrimonio. Haber actuado a tiempo pesa ahí más que en ningún otro sitio.
Los acuerdos parciales. Si dos de cuatro entidades habían aceptado condiciones, esas condiciones no desaparecen. Se pueden llevar al concurso como base de un convenio, o como referencia de lo que esos acreedores están dispuestos a aceptar.
El conocimiento de la situación. Después de seis meses de negociación, la empresa sabe exactamente quién está dispuesto a qué. Eso vale para el concurso y vale, si el concurso termina en convenio, para lo que venga después.
Por qué fracasan los preconcursos
Por tres cosas, casi siempre.
El perímetro. Un plan que intenta incluir a todos los acreedores es un plan que necesita convencer a todos. Con once frentes distintos y seis meses de reloj, no da tiempo. Lo vimos en una empresa de transformación de plástico que llegó con la protección agotada: el plan anterior había negociado con once acreedores cuando el 78 % del pasivo financiero estaba en tres. Redefinido el perímetro a esos tres, el acuerdo se cerró en siete semanas, dentro del mes final.
Llegar tarde. Un preconcurso que se comunica con impagos ya acumulados negocia desde la debilidad. Los acreedores no ven a una empresa que anticipa: ven a una que ha fallado y pide tiempo.
Un plan que no es viable. Si la propuesta no se sostiene con la caja que genera la actividad, los acreedores lo saben. Y no firman algo que van a tener que renegociar en un año.
El segundo intento
Aquí hay un matiz que conviene conocer. La ley limita la posibilidad de volver a comunicar: no se puede presentar una nueva comunicación hasta que haya transcurrido un año desde la anterior.
Eso significa que el preconcurso no es un recurso que se pueda repetir cada pocos meses. Es una oportunidad con plazo, y conviene usarla con un plan que tenga posibilidades reales desde el principio.
En la práctica, cuando alguien llega con una protección agotada y semanas para presentar concurso, el trabajo no es volver a comunicar. Es cerrar un acuerdo en ese mes con los acreedores que sí pueden cerrarlo, o preparar el mejor concurso posible.
Cuándo el concurso es el resultado correcto
No todos los preconcursos deben terminar en plan. Hay empresas cuyo negocio ya no genera lo suficiente como para sostener ninguna deuda reestructurada, y en esas, el concurso no es un fracaso del preconcurso: es la conclusión correcta.
Lo que el preconcurso aporta en esos casos es tiempo para verlo con claridad, para documentarlo y para llegar al concurso en el orden correcto. Un concurso preparado durante seis meses termina mejor que uno improvisado en dos semanas, tanto para la empresa como para el administrador.
Y hay una consecuencia que va más allá de la empresa: un administrador que ha pasado por un preconcurso bien llevado tiene un expediente que demuestra que hizo lo que había que hacer. Cuando el concurso llega a la sección de calificación, ese expediente es lo que separa un concurso fortuito de uno culpable.
Un preconcurso que termina sin acuerdo no deja la empresa donde estaba. La deja con seis meses de trabajo hecho, y ese trabajo es lo que decide cómo termina lo que viene después.
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